Usuarios pueden impugnar ajustes en recibos de luz aunque no hayan firmado contrato, resuelve la Corte

Ciudad de México ► La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó este miércoles que los usuarios de energía eléctrica en México tienen el derecho de impugnar ajustes en sus recibos de luz, incluso si no firmaron el contrato de suministro.

Esta resolución surge de una contradicción de criterios entre dos tribunales colegiados: uno de ellos consideraba que solo el titular del contrato podía impugnar los ajustes, mientras que el otro defendía que el propietario del inmueble, siendo el consumidor y quien paga el servicio, también tenía derecho a cuestionar cualquier modificación en su facturación. La SCJN apoyó esta segunda postura, argumentando que el usuario final es quien, en última instancia, sufre las consecuencias de los ajustes indebidos.

La Corte Suprema enfatizó que negar este derecho dejaría a los usuarios indefensos, obligándolos a pagar ajustes sin posibilidad de reclamo. Aunque los usuarios deben seguir pagando los recibos para evitar la suspensión del servicio, esto no les impide presentar impugnaciones ante las autoridades competentes.

Además, la SCJN señaló que cuando el titular del contrato deja de ser el usuario final, el propietario del inmueble asume la responsabilidad del pago y está legitimado para impugnar cualquier modificación en la facturación.

Según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en 2022 hubo un incremento del 7% en las quejas de los consumidores por cobros indebidos en el servicio eléctrico. Esta decisión de la SCJN podría generar un precedente importante en la defensa de los derechos de los usuarios de servicios públicos en México. ■

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