Ciudad de México ► La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la sentencia que obliga a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) a pagar 103,073,347 pesos a Grupo Televisa por concepto de actualización e intereses derivados de devoluciones por pagos de impuestos considerados indebidos en los ejercicios fiscales de 1998, 1999, 2003 y 2004.
El pleno aprobó por mayoría —seis votos a favor y tres en contra— el proyecto del ministro Irving Espinosa Betanzo, que declaró sin materia el recurso de revisión promovido por Hacienda y estimó que la sentencia impugnada no le causa un perjuicio directo en materia de constitucionalidad, pues el tribunal colegiado no realizó pronunciamiento de constitucionalidad alguno.
En la discusión pública, la ministra Lenia Batres y los ministros María Estela Ríos y Arístides Guerrero García votaron en contra. Batres advirtió que desechar recursos por falta de “tema de constitucionalidad” puede causar perjuicios a la sociedad y al Estado, y señaló el riesgo de que decisiones de la Corte terminen generando exenciones o ventajas fiscales no previstas por la Constitución si no se revisa el fondo del asunto.
El caso llegó al máximo tribunal tras el Amparo Directo en Revisión 2473/2025 promovido por la SHCP contra la sentencia dictada el 20 de marzo de 2025 por el Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito. Al quedar sin efecto el recurso de revisión, la resolución del tribunal colegiado adquiere el carácter de cosa juzgada, por lo que Hacienda deberá proceder a la devolución con los montos ordenados. ■



