Ciudad de México ► El Décimo Tribunal Colegiado en Materia Civil de la Ciudad de México revocó las medidas cautelares que habían protegido a Televisión Azteca frente al cobro de un adeudo de 580 millones de dólares reclamado por inversionistas extranjeros, representados por The Bank of New York Mellon y su filial London Branch.
La resolución, aprobada por unanimidad de los magistrados Juan Jaime González Varas, Luz Silva Santillán y Julio Hinojosa Cerón, deja sin efecto las providencias precautorias dictadas por el Juez Cuarto de Distrito en Materia Civil, quien había frenado el cobro con base en criterios impropios de un juicio de amparo, como la “apariencia del buen derecho” o el “peligro en la demora”. Con una fianza de apenas un millón de pesos, la televisora había logrado suspender temporalmente el pago de cientos de millones de dólares.
El magistrado ponente González Varas subrayó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya había establecido precedentes que invalidan este tipo de medidas, y desechó los argumentos de la defensa de Salinas Pliego, que atribuía el incumplimiento de pagos a la pandemia de Covid-19. También rechazó la pretensión de Banco Azteca de desconocer la personalidad jurídica de los representantes de los bancos extranjeros, recordando que la propia defensa ya había reconocido su legitimación en instancias previas.
Antes de la votación, las empresas de Grupo Salinas intentaron frenar la discusión con un recurso de reclamación para recusar a los magistrados, alegando falta de imparcialidad. Sin embargo, el tribunal determinó que este tipo de recursos no suspende procedimientos ni amplía plazos, y que, conforme a la nueva Ley de Amparo en vigor desde la semana pasada, pueden desecharse recursos de última hora con alegatos genéricos cuyo único fin sea dilatar la sentencia.
Con esta decisión, los inversionistas extranjeros podrán reactivar el proceso de cobro, y las instituciones financieras mexicanas estarán facultadas para intervenir si así lo ordenan las autoridades jurisdiccionales. ■



