Ciudad de México ► La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional una reforma aprobada en Campeche que otorgaba a la gobernadora Layda Sansores la facultad de autorizar obras públicas de “gran impacto” sin requerir licencias municipales. Por unanimidad, el pleno invalidó el artículo 14 Bis de la Ley de Obras Públicas estatal, reformado en julio de 2024, al considerar que el Congreso local transfirió indebidamente al Ejecutivo una atribución exclusiva de los ayuntamientos, vulnerando la autonomía municipal consagrada en la Constitución.
El proyecto fue presentado por el ministro Irving Espinosa Betanzo, quien argumentó que la reforma no establecía bases generales ni mecanismos de coordinación entre órdenes de gobierno, sino que concentraba el poder de decisión en el Ejecutivo estatal. La controversia constitucional fue promovida por el municipio de Campeche, gobernado por Movimiento Ciudadano, que denunció la afectación directa a sus facultades para regular el desarrollo urbano y otorgar permisos de construcción.
La reforma anulada permitía al gobierno estatal aprobar obras públicas consideradas de “interés estatal” sin pasar por los procesos de autorización municipal, lo que generó preocupación entre autoridades locales y especialistas en derecho urbano. La SCJN subrayó que dicha estructura normativa rompía el equilibrio entre niveles de gobierno y sentaba un precedente peligroso para la centralización de decisiones urbanísticas.
Con esta resolución, los municipios de Campeche recuperan su facultad constitucional para otorgar licencias de construcción, incluso en proyectos de gran escala. ■



