Penas de hasta ocho años de cárcel por colocación de ponchallantas y hasta seis por narcomantas

Villahermosa ► El gobernador Javier May Rodríguez envió al Congreso local una iniciativa de decreto que busca reformar el Código Penal del Estado para castigar severamente a quienes coloquen mantas con mensajes amenazantes y utilicen ponchallantas en las carreteras del estado. Esta propuesta tiene como objetivo fortalecer la seguridad y proporcionar herramientas legales para procesar a los responsables de estas prácticas delictivas.

La iniciativa propone modificar y adicionar diversos artículos del Código Penal del Estado de Tabasco. Según el documento, cuando se realicen amenazas o cualquier manifestación pública que altere la paz y el orden a través de imágenes o escritos en mantas, cartulinas, lonas, cartón o cualquier medio físico, se impondrán penas de dos a seis años de prisión y multas de cien a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Además, se impondrán las mismas penas a quienes elaboren, fabriquen, impriman, proporcionen, desplacen, trasladen, apliquen, coloquen o tengan en su posesión cualquier escrito de este tipo. En este caso, el delito se perseguirá de oficio. También se castigará con prisión de uno a tres años y multas de 200 a 500 UMAS a quienes intimiden a otros con causarles daño en su persona o bienes, o en la persona o bienes de un tercero con quien el amenazado tenga vínculos afectivos.

La propuesta también incluye sanciones para quienes utilicen uniformes, insignias, distintivos o condecoraciones similares a los utilizados por las instituciones de seguridad pública en el estado o municipio sin derecho. Las penas serán de uno a cinco años de prisión y multas de 100 a 500 UMAS. Asimismo, se castigará a quienes ultrajen las insignias del estado o de un municipio, o hagan uso indebido de ellas, con penas de uno a tres años de prisión y multas de 100 a 500 UMAS.

En cuanto a los ponchallantas, la iniciativa propone aplicar penas de uno a ocho años de prisión y multas de 80 a 200 UMAS a quienes obstruyan, interrumpan o dificulten el servicio público local de comunicación, ya sea obstaculizando alguna vía local de comunicación, secuestrando o reteniendo algún medio local de transporte público de pasajeros o de carga, o colocando, arrojando o depositando objetos que dañen unidades. También se impondrán penas de uno a cinco años de prisión y multas de 100 a 500 UMAS a quienes porten en lugares públicos objetos como puñales, navajas de muelle, estrellas metálicas, abrojos, erizos, varillas o cualquier otro objeto similar elaborado de material de acero, comúnmente llamados ponchallantas.

La iniciativa ha sido enviada para su análisis y dictaminación a las Comisiones Ordinarias de Gobernación y Puntos Constitucionales, y a la de Seguridad Pública, Procuración de Justicia y Protección Civil. Se espera que sea discutida en un periodo extraordinario de sesiones del Congreso local. ■

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