INE publica reglas de la elección judicial 2025; prohibe espectaculares y recursos de terceros

Ciudad de México ► A menos de seis meses de la primera elección judicial en México, el Instituto Nacional Electoral (INE) ha comenzado a establecer las reglas para los candidatos a jueces, magistrados, ministros de la Corte y aspirantes al nuevo Tribunal de Disciplina Judicial. El jueves por la noche, el INE aprobó el catálogo de infracciones, las reglas procesales y de actuación en el trámite de procedimientos sancionadores, con el objetivo de dar certeza a los participantes y determinar las conductas que constituyen infracciones.

El INE ha definido las conductas sancionables para partidos políticos, servidores públicos, ciudadanos, dirigentes y afiliados a partidos políticos, observadores electorales y concesionarios de radio y televisión. Entre las prohibiciones, se incluyen los actos anticipados de campaña y el uso de dinero privado, permitiendo a los candidatos solo utilizar sus propios recursos. Tres días antes de la elección habrá un periodo de veda, similar a las elecciones federales.

Además, se prohíbe cualquier material que ofrezca o entregue beneficios directos o indirectos, en especie o efectivo. Los partidos no podrán realizar actos de proselitismo ni posicionarse a favor o en contra de alguna candidatura, ni contratar encuestas o sondeos. Los funcionarios no podrán participar en actos de proselitismo en horas laborales ni manifestarse públicamente sobre alguna candidatura.

La Comisión de Fiscalización del INE también aprobó los lineamientos para los candidatos a cargos del Poder Judicial, prohibiendo la contratación de espectaculares, tiempos en radio y TV, y espacios publicitarios en medios y redes sociales. No se permitirá el uso de recursos privados de terceros ni recursos públicos de ningún orden de gobierno. Los topes de campaña se definirán 15 días antes del inicio de campaña, el 28 de marzo, y se estima que oscilarán entre uno y tres millones de pesos por candidato.

Los candidatos podrán usar sus redes sociales para promocionarse, pero no podrán contratar publicidad. Está permitida la propaganda impresa, producción y edición de imágenes, y spots para redes sociales, pero no se podrán pagar bardas ni espectaculares para hacer proselitismo. ■

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