Ciudad de México ► Con la cercanía de diciembre, millones de trabajadores en México esperan el pago de su aguinaldo, una prestación establecida en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, que corresponde a un mínimo de 15 días de salario.
Sin embargo, este ingreso no está exento de impuestos en todos los casos. De acuerdo con las disposiciones fiscales, el aguinaldo genera el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) únicamente cuando supera el equivalente a 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Para 2025, el valor de la UMA es de 113.14 pesos, lo que significa que el límite libre de impuestos es de 3,394.20 pesos. A partir de esa cantidad, el SAT retendrá el ISR únicamente sobre el excedente.
Esto implica que los trabajadores que reciban un aguinaldo igual o menor a ese monto no verán afectado su ingreso por retenciones fiscales. En cambio, quienes perciban una gratificación mayor deberán considerar que el impuesto se calculará sobre la diferencia, lo que reducirá el monto neto a recibir. La medida no es nueva, pero cada fin de año genera dudas y confusión entre los empleados, especialmente en un contexto económico marcado por la inflación y el encarecimiento de la canasta básica.
El SAT ha reiterado que no se trata de un impuesto adicional ni de una reforma reciente, sino de una disposición vigente desde hace años. La recomendación de especialistas es que los trabajadores revisen sus recibos de nómina y, en caso de recibir un aguinaldo superior al límite exento, verifiquen que la retención corresponda únicamente al excedente. Con ello, se busca evitar malentendidos y garantizar que esta prestación cumpla su propósito: aliviar la economía familiar en la temporada decembrina. ■



